HISTORIA DE LAS PELEAS DE GALLOS EN LA REPUBLICA DOMINICANA

domingo, 7 de noviembre de 2010

Gobernador firma Ley de Gallos


SAN JUAN — El gobernador Aníbal Acevedo Vilá firmó la ley que reglamenta el deporte de las peleas de gallos y las reconoce como un derecho cultural de los puertorriqueños.

La Fortaleza informó hoy que la Ley de Gallos de Puerto Rico del Nuevo Milenio coloca el deporte de los gallos bajo la autoridad y jurisdicción del Departamento de Recreación y Deportes (DRD), y crea un programa de fomento a la crianza de gallos de peleas adscrito al Departamento de Agricultura.



La cría de gallos es una industria agrícola de gran importancia para nuestra economía, ya que la calidad de nuestros gallos de pelea es excepcional”, señala la exposición de motivos de la ley.
El nuevo estatuto establece que la temporada para la práctica del deporte en galleras autorizadas se extiende del 1 de noviembre de un año al 31 de octubre del año siguiente.
Asimismo, dispone que las galleras podrán comenzar el día gallístico a las 9:00 de la mañana y finalizar no más tarde de las 12:00 de la medianoche todos los días.
Y dentro de esas quince horas, según los días de peleas solicitados y asignados, podrán determinar la hora que desean casar los gallos. Dentro de ese horario se podrán casar hasta un máximo de 50 peleas.
Por el término de un año, la ley establece la duración de las peleas de gallos con un tiempo máximo de duración de 14 minutos, pero la Oficina de Asuntos Gallísticos del DRD estudiará y evaluará la eficacia de la reducción del tiempo de peleas y establecerá, mediante reglamento, un término fijo de tiempo que no excederá de los 15 minutos.
Según datos del Departamento de Agricultura, existen en Puerto Rico cerca de 200,000 gallos de crianza que en el 2003 produjeron sobre $20 millones.
La asistencia anual a las sobre 100 galleras que existen en la Isla se estima en sobre un millón de personas, que producen sobre $100 millones anuales en postas, entradas, consumo de alimentos y otros.

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